SESIÓN CONSEJO
DE
FAMILIA:
- Se abre la sesión en Consejo de Familia.
- Se pasa lista de los miembros consignados en la instancia, para verificar su presencia.
- Una vez verificada la presencia de éstos, se llaman –uno a uno- para que pasen ante la secretaria para dar sus generales.
- Se indica que deben proponer una persona para que funja como tutor -si no se ha designado previamente por ante el consejo, en una sesión previa- . Una vez propuesta la persona, se somete a votación.
- Se indica que debe proponerse otra persona para que haga las veces de protutor (Quien vigilará porque el tutor haga bien su papel, y de no hacerlo podría convocar el consejo para sustituirlo), preferiblemente esta persona deberá ser uno de aquellos miembros del consejo, que sean parientes de lado que no sea el del tutor (materna o paterna, según el caso).
- Se somete a votación la candidatura del protutor.
- Se juramentan el tutor y el protutor, haciéndoles la salvedad y explicándoles sus futuras funciones.
- Se pregunta al consejo si tiene algún otro pedimento (autorización de venta, transacción, etc.) Nota.: El que solicite la convocatoria del consejo, podrá estar presente en la sesión en caso de tratarse de abogados en representación de hijos, etc. del interdicto, pero sin derecho a voto.
- Si ha sido el tutor el que ha convocado, a los fines de que se le autorice algún tipo de transacción es preferible que no vote; de igual modo, si es el protutor quien hace algún tipo de solicitud, si bien éste pudiera votar por ser miembro del consejo, sería recomendable que a tales fines se convocara a otra persona del lado de parentesco al que pertenezca el tutor o protutor, para que complete la matrícula del consejo y ejerza éste el voto “evitar ser juez y parte”.
10) Una vez consensuado, el juez hace consignar en acta lo que decida la mayoría.
11) Se solicita a las partes que pasen a firmar el libro de actas de consejos de familia. Asimismo, deberán rubricar el acta el tutor y el protutor que haya resultado escogido.
10) Se levanta la sesión (cierre formal de la reunión)
Nota: Todo se hace constar en acta levantada al efecto en el libro sobre los consejos de familia, que deberá ser firmado por el juez y la secretaria al pie de las firmas de los miembros del consejo y de las firmas del tutor y el protutor.
Posterior a esto, por tratarse de funciones de carácter administrativo, se le entregara una copia certificada del acta
Firmada por la secretaria a cualquiera de los miembros que solicite dicho documento. Pero no se expedirán copias a terceras personas.