Meditaciones éticas, capítulo 35 (Pódcast)
Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ)
Por.: Yoaldo Hernández Perera
Los problemas y dilemas son a la ética lo que las sombras son a la luz, porque solo a través del contraste y la confrontación emergen con mayor claridad los contornos de lo correcto y lo incorrecto. Son tan importantes que, como las pruebas para la ciencia, permiten evaluar, cuestionar y fortalecer los principios subyacentes mediante su aplicación práctica y análisis crítico.
Los problemas éticos se pudieran presentar con mayor frecuencia que los dilemas éticos. Un problema de naturaleza ética se resuelve, básicamente, ponderando si procede hacer determinada cosa o no: sí o no. Teniendo en cuenta para ello el perfil del “buen mejor juez” y la responsabilidad que cada magistrado tiene para mantener la buena imagen del Poder Judicial con sus acciones, tanto en su vida privada como profesional.
El dilema ético, de su lado, no se resuelve cerradamente como el problema ético con un “sí o no”. Aquí es menester “ponderar”: pesar principios. Imaginemos que un principio conduce a algo, pero otro principio, que también forma parte del sistema, lleva otro sesgo. Tenemos en el dilema ético dos principios contradictorios, ¿qué hacer? ¿cómo resolver esa tensión principiológica? Tenemos que decidir, sí o sí, y ambos caminos (basado cada uno en un principio diferente) generan al juez tristeza moral, porque sabe que el sendero jurídico que finalmente siga sería reprochado por otro principio igualmente perteneciente al ordenamiento.
Por ejemplo, un caso que probablemente hayan visto todos, o muchos, magistrados en el ejercicio de la función judicial, en el que una persona que tiene razón en el juicio no logra materializarla por el deficiente servicio del abogado que le ha representado. Con tristeza moral, pero en derecho, se debe decidir con arreglo a las reglas y principios jurídicos aplicables, a partir de la prueba acreditada durante los debates. Esa situación, en rigor, es un dilema ético, no un problema ético. Es un dilema cerrado del tipo ético-jurisdiccional. Se experimenta en condición de juez, en el marco de la justicia, pero resolviendo una situación ajena, de personas distintas. En otro contexto, el juez puede enfrentar problemas propios, no ajenos. Ahí ya no sería un dilema ético-jurisdiccional, sino un dilema ético-judicial.
El dilema ético-judicial recae, propiamente, en la persona del juez. Verbigracia, la situación en que los padres, por asuntos religiosos, se oponen a que le realicen transfusión de sangre a su hijo convaleciente en el centro de salud. En ese complejo contexto jurídico-moral se debe decidir, judicialmente, si autorizar la transfusión o no. Eso es un verdadero dilema ético-judicial. Es algo que aflora en los adentros del juez mismo, su axiología a prueba. Una decisión que, distinto al caso de un tercero que no consigue que se le adjudique la razón, porque un abogado no lo representó bien, se incurre en aspectos de convicción personal: ¿autorizo que se transfunda el hijo, violando las creencias de sus padres?
Los dilemas éticos-judiciales abarcan situaciones del comportamiento público, pero también privado de los jueces. Ellos, en el contexto de los dilemas éticos, tienen un código que pudiera sugerirle algo en un principio, pero también les pudiera invitar a hacer otra cosa en otro principio. ¿Por qué apelar a un principio y no a otro? Existen métodos que deben ser tomados en cuenta por los jueces para resolver estos dilemas éticos, a la luz de las particularidades de cada caso concreto, tales como valorar lo correcto frente a lo incorrecto, a partir de la axiología (principios y valores de la sociedad) y el ordenamiento jurídico, etc. Pero, de entrada, hay que decir que se debe “ponderar”, deliberar, concluyendo dónde se gana más o se gana menos, en términos de afectación del sistema. La protección del sistema de justicia debe ser el fin. Siempre ha de optarse por lo que mejor cuide nuestro Poder Judicial, de cara a su excelencia y en el marco de la justicia.
Afortunadamente, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia aprobó, en su sesión núm. 19-2021 del 07 de octubre de 2021, la actualización del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial, con el fin de orientar las conductas hacia los principios institucionales. Esto se enmarca en el Eje 3 del Plan Estratégico Institucional, buscando promover la integridad y confianza en el sistema judicial. Destacados expertos, como Armando Andruet, subrayan la importancia de esa actualización para fortalecer la excelencia y la confianza pública en el Poder Judicial. En definitiva, la actualización constante de los códigos de ética es crucial, ya que refleja el compromiso de la justicia con la evolución moral y adaptabilidad a los desafíos contemporáneos, reforzando así la integridad y confianza en el sistema judicial.